La elaboración de un estudio de impacto ambiental se deberá realizar si la actividad o
proyecto que se desea iniciar ocasiona los siguientes daños:
proyecto que se desea iniciar ocasiona los siguientes daños:
- Riesgo a la salud de la población.
- Efectos adversos a la calidad de los recursos naturales renovables.
- Reasentamiento de la población o alteración de su sistema de vida.
- Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas.
- Alteración significativa de valores paisajísticos o turísticos.
- Alteración de monumentos.
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